La actualización de los sistemas de Compliance

La actualización de los sistemas de Compliance

La actualización de los sistemas de Compliance

Ya son bastantes las pequeñas empresas que implantaron sistemas de compliance
desde que en 2015 se reformó el Código Penal y se estableció la opción de este tipo
de protocolos para asegurar la exención de responsabilidad penal de las empresas
por delitos cometidos por empleados, socios o administradores.
Pero estos sistemas no pueden ser protocolos dormidos en las estanterías. La Ley
2/2023, además de implantar un nuevo modelo de canales de denuncias, ahora
redenominados Sistema Interno de Información, supone diversos cambios técnicos
en los sistemas de compliance que deben ser abordados antes de diciembre de 2023
en las pequeñas empresas.
Un “protocolo durmiente” no otorga la exclusión de responsabilidad. Para que el
compliance sea util ha de estar vivo. Además, un “protocolo durmiente” es
absolutamente inútil para una empresa, no aportando el valor de mejora de gestión
que un protocolo vivo puede aportar.
Es ahora el momento de revisar aquellos protocolos implantados y aprovechar la
larga experiencia que se ha generado en estos años en las consultorías
especializadas para reconvertir aquel compromiso en un elemento útil para las
empresas, no solo desde el punto de vista de exención de responsabilidad penal,
sino desde el punto de vista de mejora de gestión. ¿Qué ventajas tiene hacerlo?
– Garantizar la exención de responsabilidad penal ante un delito cometido por
alguien relacionado con la empresa.
– Mejorar los sistemas de información interna de la empresa, tanto en el
ámbito laboral como en ventas, compras, relaciones con las administraciones
públicas, etc…
– Potenciar la retención del talento mediante la mejora de las relaciones con
los trabajadores.
– Potenciar la relación con proveedores y clientes mediante el fomento de
sistemas de comunicación con los mismos.
– Mejorar la imagen y reputación de la empresa, con la manifestación del
compromiso con el cumplimiento normativo y la gestión de éste.
– Posibilitar la extensión de la gestión de riesgos penales, a otros riesgos
normativos, lo que puede ayudar a prevenir y evitar sanciones, prohibiciones,
exclusiones…
– Aprender metodología para la gestión de riesgos, lo que servirá para
gestionar otros riesgos no normativos, como los financieros, los de mercado,
etc..
Un sistema de compliance puede ser para una pequeña empresa una puerta a la
mejora de su gestión, creciendo de forma sencilla en la sistematización de procesos
internos.
En SENEX os esperamos para ayudaros a recorrer ese camino, como ya lo hemos
hecho con otras pequeñas empresas.     

Rafael Carrau Criado
Rafael Carrau Criado
Director del Area de Gobernanza