por Rafael Carrau
El Parlamento Europeo aprobó el pasado 24 de abril el texto de la Directiva de Diligencia Debida, tras el acuerdo alcanzado entre la Comisión y el Parlamento tras meses de debates sobre el alcance que debía tener esta norma.
Solo queda que la Directiva sea aprobada formalmente por el Consejo, para su publicación en el Diario Oficial de la UE. Tras su entrada en vigor, los Estados miembros dispondrán de un plazo de dos años para adecuar la legislación nacional a los requerimientos nueva directiva.
La nueva normativa se aplicará gradualmente a las empresas de la UE y a las de fuera que alcancen los umbrales de facturación indicados en la Unión, lo que en principio sitúa la eficacia directa de esta directiva en las grandes empresas de la Unión Europea:
- a partir de 2027, empresas con más de 5.000 empleados y un volumen de negocios mundial superior a 1.500 millones de euros;
- a partir de 2028, empresas con más de 3.000 empleados y un volumen de negocios global de 900 millones de euros o más;
- a partir de 2029; empresas con más de 1.000 empleados y un volumen mundial de negocios superior a 450 millones de euros.
Pero esto no es del todo cierto, al tratarse de una Directiva que regula la diligencia debida que las citadas empresas han de aplicar respecto de toda su cadena de valor, aguas arriba y aguas abajo, para lograr medidas eficaces en favor de los derechos humanos y el medio ambiente, la afección indirecta de esta directiva es prácticamente universal, tanto en las empresas europeas, como para las empresas no europeas que formen parte de la cadena de valor de las grandes empresas europeas. Basta pensar que esta directiva es de aplicación directa a casi todo el sistema bancario, para entender que los bancos, al dar financiación, se verán obligados a trasladar a las empresas a las que dan crédito las medidas de diligencia debida para asegurarse un adecuado establecimiento de medidas para la protección de los derechos humanos y el medio ambiente, en definitiva, para asegurarse que toda su cadena de valor realiza buenas prácticas de sostenibilidad.
Las empresas, y no solo las grandes empresas, se enfrentan a un cada vez más amplio reto de cumplimiento normativo en materia de sostenibilidad, de control de emisiones, de reciclaje, de control de la cadena de valor, de gestión de la información relacionada con los impactos sociales y medioambientales de su actividad. Un reto que para las pequeñas empresas puede ser crucial. Tan consciente es el legislador europeo acerca del riesgo de ese impacto indirecto en las pequeñas empresas que la posición del Consejo sobre la Directiva, a finales de 2022, llegó a afirmar que “se anima a las empresas cuyo socio comercial sea una pyme a ayudarla a cumplir las medidas de diligencia debida, en caso de que tales requisitos pongan en peligro la viabilidad de la pyme, y a aplicar requisitos justos, razonables, no discriminatorios y proporcionados con respecto a las pymes.
Ante estos riesgos, es ya el momento de que las empresas pequeñas empiecen que formen parte de la cadena de valor de las grandes empresas se planteen iniciar los pasos para medir sus impactos, gestionarlos, y elaborar los reportes con la mayor automatización y eficacia que les sea posible, de modo que cuando llegue el momento de que las grandes empresas les requieran de cumplimiento puedan acreditar que ya están en situación. Porque pese a las buenas recomendaciones de la Comisión, para las grandes empresas siempre les será más fácil seleccionar entre sus proveedores a los cumplidores, que ayudar a las que no cumplan a cumplir.
En SENEX estamos a disposición de las pequeñas empresas para ayudarles a recorrer este camino de una forma eficiente, con los menores impactos en su actividad diaria.